La VoZ digital | Marito decretó oficialmente la Cuarentena Inteligente

2020-05-03 | 19:01

Pandemia

Marito decretó oficialmente la Cuarentena Inteligente
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El presidente de la República, Mario Abdo Benítez. GENTILEZA El presidente de la República, Mario Abdo Benítez. GENTILEZA
La Presidencia informó la oficialización de la Cuarentena Inteligencia tras la firma del decreto, y de esta manera mañana empieza la flexibilización del aislamiento con la esperanza que la pandemia no se propague de manera vertiginosa.

A partir de este lunes 4 de mayo se inicia la Fase 1 de la Cuarentena Inteligente diseñada por el Gobierno para flexibilizar el aislamiento, reactivar la economía, y con la esperanza de que los contagios del COVID-19 no se den de manera acelerada y colapse los sistemas sanitarios.

Ya el mismo ministro de Salud Pública y Bienestar Social, doctor Julio Mazzoleni indicó que en la presentación de las Fases de la Cuarentena Inteligente que la tormenta se puede desviar hasta cierto punto, pero luego hay que caminar el camino.

Según el Decreto N° 3576 del Poder Ejecutivo, la Fase 1 del Plan de Levantamiento Gradual del Aislamiento Preventivo General  será desde el 4 de mayo hasta el 25 de mayo del 2020, con sujeción  a la evaluación técnica del Ministerio de Salud Pública.

Se podrá circular desde las 05.00 de la mañana hasta las 09.00 de la noche, y se mantiene que las chapas con terminación impar (1-3-5-7-9) circulen los días lunes, miércoles, viernes y domingos, y las chapas con terminación par (0-2-4-6-8) podrán salir los martes, jueves y sábados.

A continuación compartimos un resumen del  Decreto enviado por el servicio de información y comunicación de la Presidencia:

Se exceptúan a realizar sus labores: 

✅ Las máximas autoridades del Poder Legislativo y del Poder Judicial, autoridades nacionales, departamentales y municipales, autoridades diplomáticas y representantes de organismos internacionales para el ejercicio de sus funciones impostergables; servicios de salud públicos y privados, servicios de mantenimiento preventivo y de urgencia de equipos médicos y hospitalarios; personal de salud, fuerzas militares y policiales.
✅ Las personas que deban asistir a otras con discapacidad, a adultos mayores, niños y adolescentes.
✅ Trabajadores de medios de comunicación para la prestación de sus servicios.
✅ Supermercados, despensas, farmacias y la cadena logística para la provisión y producción de alimentos, domisanitarios y fármacos. Así como los servicios de veterinarias para casos de urgencias.
✅ Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, comunicaciones), así como reparaciones de urgencia con el personal mínimo necesario para su funcionamiento.
✅ Servicios funerarios, con las restricciones establecidas en el marco del protocolo de manejo de cadáveres.
✅ Las personas afectadas a la ejecución de obras públicas, así como su cadena logística, cumpliendo el protocolo sanitario.
✅ Las personas afectadas a la ejecución de obras civiles, en la etapa de cimiento, estructura y mampostería de elevación, siempre que se mantengan las condiciones de ventilación natural, así como su cadena logística, cumpliendo el protocolo sanitario.
✅ Servicios de entrega a domicilio (delivery), los servicios de atención remota al cliente (call center) y las farmacias, las 24 horas. Todos los comercios que operen bajo el estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios, sin importar el tipo de producto que ofrezcan, podrán hacer entregas a través del servicio de delivery.
✅ Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos y aguas residuales; así como residuos generados en establecimientos de salud y afines.
✅ Estaciones expendedoras de combustibles y distribuidores de garrafas de gas, quienes deberán evitar aglomeraciones de personas y cumplir con el protocolo sanitario.
✅ Todas las actividades que el Banco Central disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema bancario y financiero.
✅ La cadena logística que incluye a los puertos, aeropuertos, buques fluviales, líneas marítimas y transporte terrestre de carga. Servicios aduaneros de carga y descarga de mercaderías.
✅ La producción agropecuaria, avícola, pesquera y forestal, así como la logística de provisión de insumos, maquinarias y servicios de asistencia a las mismas.
✅ Servicios esenciales de vigilancia, limpieza, y hospedaje.

✅ Industrias en general y su cadena logística, tales como:
▶️ Fabricación de domisanitarios, artículos de limpieza e insumos hospitalarios.
▶️ Industrias de producción textil, confección y cuero.
▶️ Fabricación y producción de maderas, muebles y papel.
▶️ Fábricas de metales, plásticos, cerámicas, cemento y vidrios
▶️ Imprentas.
▶️ Fábricas de maquinarias y automotriz. Maquila.
▶️ Mantenimientos de fábricas y talleres mecánicos.
▶️ Mampostería.

✅ Servicios profesionales y no profesionales a domicilio: se permite todo servicio que se realice en el domicilio particular o laboral del cliente y los servicios de cobranza, cumpliendo el protocolo sanitario.
Los profesionales de salud estarán sujetos a las disposiciones del MSPBS que establecerá la regulación y protocolos sanitarios para esta fase.

✅ Entre las personas exceptuadas a cumplir labores no se deben incluir a menores de 18 años ni mayores de 60 años de edad, salvo las personas que cumplan servicios médicos de urgencia o servicios imprescindibles para la comunidad.