La VoZ digital | Fiscalía investigará focos de incendios

2020-08-30 | 14:11

Ministerio Público

Fiscalía investigará focos de incendios
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Gentileza. Gentileza.
Ante la gran cantidad de focos de incendios en distintos puntos, la Unidad Especializada de Delitos Ambientales conformó un equipo de trabajo técnico a fin de indagar sobre aquellos que son causados por terceros. Además, se ha realizado la apertura de causas penales para la investigación correspondiente.

Sobre la quema intencional de basura, pastizales y/o quema furtiva, teniendo en cuenta el grave daño ambiental que causan, principalmente a la calidad del aire, y considerando la situación meteorológica actual de sequía y vientos moderados, lo que hace, que la dispersión de la masa de aire caliente llegue hasta las zonas urbanas, afectando la salud de todos los pobladores, en especial a aquellos con cuadros respiratorios, asmáticos, alérgicos y con problemas cardíacos, poniendo de esta manera en riesgo la salud y la vida. 
 
*El Ministerio Público exhorta a*
 
- A las Autoridades de las Instituciones a la exigencia y cumplimiento de los requisitos que regula la Ley 4014/10 para la prevención y control de incendios, y a no expedir permisos durante el periodo de Declaración de Emergencia Sanitaria que vive el País, en el marco de las funciones preventivas.
 
- A los propietarios de inmuebles, a denunciar la quema intencional y furtiva en sus tierras, de manera a individualizar a los responsables.
 
- A la comunidad en general a tomar conciencia y a seguir denunciando estas prácticas a través de los canales y autoridades correspondientes. 
 
En el marco de la  Ley N° 294/1993 “De Evaluación de Impacto Ambiental” y Decretos Reglamentarios, recordamos a los propietarios de inmuebles que están obligados a cumplir sus Planes de Gestión Ambiental, en lo que refiere al plan de mitigación, de manera a precautelar daños al suelo, a la calidad del aire y la biodiversidad.
 
*Recuerda la Ley 4014/10: Queda prohibida la quema no controlada de pastizales, bosques, matorrales, barbecho, campos naturales, aserrín, o cualquier otro cereal, de leguminosas, o tipo de material orgánico inflamable, que pudiera generar cualquiera de los incendios definidos en la presente ley, 4014/10.*
 
La Ley 716/96 que sanciona delitos contra el medio ambiente establece que:
 
Artículo 4°.- Serán sancionados con penitenciaría de tres a ocho años y multa de 500 (quinientos) a 2.000 (dos mil) jornales mínimos legales para actividades diversas no especificadas:
 
a) Los que realicen tala o quema de bosques o formaciones vegetales que perjudiquen gravemente el ecosistema.
 
 
Fuente Fiscalíaincendio