La VoZ digital | Ejecutivo oficializó nuevas flexibilizaciones y las restricciones para Caacupé

2020-11-15 | 13:12

CUARENTENA

Ejecutivo oficializó nuevas flexibilizaciones y las restricciones para Caacupé
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Imagen ilustrativa. GENTILEZA Imagen ilustrativa. GENTILEZA
El presidente de la República firmó en la mañana de este domingo el Decreto N° 4.331 del Plan de Levantamiento Gradual del Aislamiento Preventivo General en el Territorio Nacional por la pandemia del Covid-19, a excepción de Caacupé. Esto empieza a regir desde mañana hasta el 6 de diciembre.

El Poder Ejecutivo decretó hoy las nuevas medidas sanitarias que entrarán en vigencia desde este lunes 16 de noviembre en todo el país, a excepción de Caacupé. El Decreto N° 4.331  fue firmado por el presidnete de la República, Mario Abdo Benítez y publicado a través de los medios oficiales del Gobierno.

Ya el ministro de Salud, Julio Mazzoleni había anunciado el viernes, el descenso en el número promedio de casos por dos semanas consecutivas llevó a flexibilizar algunas medidas.

Las nuevas medidas incluyen la posibilidad de prácticas deportivas de hasta 14 personas, en lugares habilitados para el efecto, previo agendamiento. La realización de torneos de deportes amateurs continúan suspendida y no está habilitada la venta y el consumo de bebidas alcohólicas en lugares de práctica.

Este sector, de deportes amateur, es uno de los últimos en reiniciar actividades desde la aplicación del plan de levantamiento gradual de medidas de cuarentena.

Para los eventos, ya habilitados, se suma desde este lunes la posibilidad de eventos infantiles con hasta 50 personas. Para eventos organizados en espacios públicos y privados, se amplía la capacidad hasta 100 personas, siempre que se pueda cumplir con el distanciamiento físico de dos metros entre personas.

En cuanto a encuentros sociales, se mantiene la disposición de un número no mayor a 12 personas, instando a la población a mantener encuentros con miembros de la familia extendida.

Para los eventos, así como para la práctica de deportes amateurs, se solicitará agendamiento y se tomarán los datos de los participantes, de uso exclusivo para el Ministerio de Salud.

MEDIDAS PARA CAACUPÉ

Ante la proximidad de la festividad por la Virgen de Caacupe y el temor de concurrencia masiva de personas, se han decretado medidas excepcionales para esta ciudad.

Se regulará la presencia de personas en los sitios de mayor congregación, como la basílica y otros puntos de peregrinación. También se establece el uso obligatorio de tapabocas en lugares cerrados y en la vía pública.

A estas medidas se suma la decisión de la Conferencia Episcopal Paraguay (CEP) de realizar el novenario y la misa central del 8 de diciembre sin la presencia de fieles. Igualmente, la Municipalidad local determinó el cierre del sitio Tupasy Ykua, luego de escenas de aglomeración durante un fin de semana.

El decreto se podrá leer en el siguiente link: https://www.presidencia.gov.py/archivos/documentos/DECRETO4331_b5w9sp90.pdf 

DETALLES

Vigente desde el 16 de noviembre al 6 de diciembre del 2020

Se establecen las mismas medidas anteriores con algunas nuevas disposiciones:


▶️ Se permite la práctica deportiva.

▶️ Grupos de hasta catorce (14) personas, en locales habilitados para el efecto y conforme al protocolo aprobado por el MSPBS.

▶️ No se permite la disputa de competencias deportivas (torneos) en ninguna de sus modalidades, ni el consumo y venta de bebidas alcohólicas en dichos locales.

▶️ Los menores de diez y ocho (18) años y mayores de sesenta y cinco (65) años no podrán participar de estas prácticas deportivas.

▶️ Actividades culturales se podrán realizar hasta un máximo de 75 personas, cumpliendo los protocolos sanitarios.

▶️ Se permitirán los eventos infantiles conforme al protocolo aprobado por el MSPBS.

▶️ Los servicios funerarios y velorios, con las restricciones establecidas en el marco del protocolo de manejo de cadáveres.

✅ Se dispone la obligatoriedad del uso de las mascarillas (tapabocas) en:
▶️ Lugares cerrados.

▶️ En la vía pública.

▶️ En el transporte público de corta y larga distancia.

▶️ En aquellos lugares en los que no se pueda mantener el distanciamiento físico establecido por los protocolos de aislamiento.

▶️ Es obligatorio el cumplimiento del protocolo recomendado por el MSPBS para el ingreso a los lugares y para la realización de las actividades y servicios. (Lavado de manos, distanciamiento social y uso de mascarillas)