La VoZ digital | Ministerio de Trabajo exoneró más de G. 700 millones en multas a las mipymes

2021-05-30 | 18:17

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Ministerio de Trabajo exoneró más de G. 700 millones en multas a las mipymes
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Imagen ilustrativa. GENTILEZA Imagen ilustrativa. GENTILEZA
Desde la cartera de Estado, a cargo de Carla Bacigalupo, informaron que en cuanto a exoneración de multas a las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), el Mtess en esta última semana benefició a 130 firmas. El Ministerio estableció que podrán ser beneficiadas las mipymes que no realizaron la inscripción patronal, presentación de planillas laborales anuales y comunicación de movimiento de empleados

La exoneración de multas a las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) en el Ministerio de Trabajo, (Mtess), en esta última semana benefició a 130 firmas de este sector económico del país y fueron exentas de pagar la suma de 736.603.899 guaraníes.

Desde que se inició la etapa de exoneración en la cartera de Estado, el pasado 26 de abril, un total de 334 empresas fueron favorecidas y evitaron pagar como multa 1.996.327.197 guaraníes, informó la cartera de Trabajo.

A través de la Resolución Nº 539/21 el Ministerio de Trabajo estableció que podrán ser beneficiadas las mipymes que no realizaron la inscripción patronal, presentación de planillas laborales anuales y comunicación de movimiento de empleados. Al presentar el pedido deben indicar cual o cuales exigencias no cumplieron y requieren de la exoneración.

Para tener acceso al beneficio las empresas deben remitir una nota dirigida al viceministro de Trabajo, Luis Orué o al director de Registro Obrero Patronal, Rubén Roa, para solicitar la exoneración mencionando el RUC, nombre de la empresa y número patronal, firmada por los propietarios o representantes legales con copia de cédula de identidad. Asimismo, deberán presentar el último nivel de facturación anual de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), última planilla de pago a IPS, copia de constancia de RUC; sino no cuentan con los documentos de la SET e IPS, pueden presentar la cédula mipymes. También deberán anexar copia de cuestionario del curso de capacitación aprobado por la Dirección de Registro Obrero Patronal, otro de los requisitos que deben cumplir indefectiblemente.

Las empresas que aún no están registradas y quieren acogerse al beneficio deberán inscribirse primero en el Ministerio de Trabajo en el siguiente enlace. La presentación de los documentos para solicitar la exoneración se realiza a través de la mesa de entrada en línea que se encuentra en la página web del Mtess y al que puedes acceder aquí.

Más datos sobre la formalización y exoneración de mipymes se puede encontrar en el siguiente enlace.

 

 

 

 

 

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