La VoZ digital | Más de 1.600 mipymes accedieron a la exoneración de multas

2021-10-03 | 13:00

BENEFICIOS

Más de 1.600 mipymes accedieron a la exoneración de multas
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Imagen ilustrativa. GENTILEZA Imagen ilustrativa. GENTILEZA
Esto representa más de 8.000 millones de guaraníes, informó el Ministerio de Trabajo. Este beneficio tiene la finalidad de impulsar la formalización de este sector económico que emplea mayoritariamente a la fuerza laboral del país, la cartera de trabajo estableció la exoneración de multas a mipymes.

Desde el inicio de la exoneración de multas a mipymes, unas 1.628 micros, pequeñas y medianas empresas accedieron al beneficio, lo que representa más de 8.000 millones de guaraníes, según informó el Ministerio de Trabajo (Mtess).

Con la finalidad de impulsar la formalización de este sector económico que emplea mayoritariamente a la fuerza laboral del país, la cartera de trabajo estableció la exoneración de multas a mipymes.

En la última semana accedieron 29 micros, pequeñas y medianas empresas, que se suman a las 1.628 firmas beneficiadas. A la fecha la exoneración total llega a 8.539.706.589 guaraníes, según informó la Dirección de Registro Obrero Patronal del Mtess.

Conforme a la resolución Nº 539/21 podrán ser beneficiadas las mipymes que no hayan realizado la inscripción patronal, presentación de planillas laborales anuales y comunicación de movimiento de empleados. Al presentar el pedido deben indicar cual o cuales exigencias no cumplieron y requieren de la exoneración.

Las empresas deben remitir una nota dirigida al viceministro de Trabajo, Luis Orué o al director de Registro Obrero Patronal, Rubén Roa, para solicitar la exoneración mencionando el RUC, nombre de la empresa y número patronal, firmada por los propietarios o representantes legales con copia de cédula de identidad.

Además deberán presentar el último nivel de facturación anual de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), última planilla de pago a IPS, copia de constancia de RUC; sino cuentan con los documentos de la SET e IPS, pueden presentar la cédula mipymes. También deberán anexar copia de cuestionario del curso de capacitación aprobado por la Dirección de Registro Obrero Patronal, otro de los requisitos que se debe cumplir.

Las empresas que aún no están registradas y quieren acogerse al beneficio deberán inscribirse primero en el Mtess en este enlace. La presentación de los documentos para solicitar la exoneración se realiza a través de la mesa de entrada en línea que se encuentra en la página web de la institución. 

Más de 80 nuevas patronales

Por otro lado, en la última semana la cartera de Trabajo inscribió a 89 nuevas patronales y con esta cifra desde enero de este año hasta la fechas fueron registradas en la Dirección de Registro Obrero Patronal (REOP) de la cartera de Estado un total de 4.865 nuevas patronales, que emplean a 14.115 personas, de las cuales 8.589 son hombres y 5.526 son mujeres

El decreto 8.304 en su artículo 3, establece que todos los empleadores deben inscribirse en la Dirección de Registro Obrero Patronal del Mtess en un plazo máximo de 60 días desde el inicio de la relación laboral. En el caso de que los empleadores habiliten también sucursales deberán inscribir a cada una de ellas.

La inscripción de Obrero Patronal podrá realizarse en la Dirección de Registro Obrero Patronal de la institución estatal o a través de la página web institucional y en el Sistema Unificado de Apertura y Cierre de Empresas (Suace), que funciona en el Ministerio de Industria y Comercio. IP