2023-03-09 | 08:40
Poder Judicial“Un ministro recusado pierde competencia”, explica postulante a ministra de Corte
En medio de las audiencias públicas de los candidatos y las candidatas a ministros/as de la Corte Suprema de Justicia, la doctora Rosa Beatriz Yambay Giret, miembro del Tribunal de Apelación de la Niñez y Adolescencia y Penal Adolescente de Cordillera, respondió con contundencia una pregunta sobre casos que generaron bastantes críticas al seno de la Corte Suprema de Justicia por las acciones adoptadas en el marco de la causa donde están en juego US$ 500 millones en tierras protegidas por la Ley de Seguridad Fronteriza y que fueron cedidas a empresas de maletín de la República de Chipre e Islas Vírgenes Británicas por la ex jueza Tania Irún, destituida por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) por mal desempeño e imputada por prevaricato.
Ante la lectura de la consulta realizada por el presidente del Consejo de la Magistratura, Óscar Paciello, sobre si un ministro recusado puede revocar la providencia de su colega por medio de otra providencia, la respuesta fue más que clara.
“Estoy convencida que no, ningún ministro y ningún juez, porque al ser recusado pierde competencia hasta que en el caso de la Corte Suprema de Justicia la recusación con causa, porque tiene que ser con causa, sea resuelta o por su sala o por el pleno”, remarcó la doctora Yambay.
El ministro de la Corte Suprema de Justicia, Víctor Ríos Ojeda, mediante otra providencia había revocado una providencia emanada por el ministro César Garay Zuccolillo para la conformación de la Sala Constitucional al estar recusados Ríos y César Diesel. El ex senador liberal es miembro natural de la Sala Constitucional de la máxima instancia judicial, pero se encuentra recusado para actuar en la causa donde están en juego tierras por valor de US$ 500 millones, sin embargo, con su nueva acción supuestamente estaría también vulnerando los principios del derecho procesal civil.
Además, ante la consulta si un ministro de la Corte puede resolver su propia recusación, Yambay respondió tajantemente que no, y agregó que esto “mínimamente sería un mal desempeño”.
El año pasado se denunció que el fallo judicial dictado por la Sala Constitucional de la Corte, que rechazó in limine (sin estudio del fondo del litigio) en un juicio civil donde se entregaron de forma irregular 310 mil hectáreas de tierras ubicadas en zonas de seguridad fronteriza a empresas off shore, es totalmente nulo porque el ministro Antonio Fretes resolvió su propia recusación violando el artículo 31 del Código Procesal Civil (CPC).
ANTECEDENTES DE RÍOS
Según los datos, el 1 de diciembre de 2022, el ministro Garay dispuso que se integre la Sala Constitucional Llanes y Ramírez Candia. Sin embargo, el ministro recusado Víctor Ríos revocó la providencia de integración de la sala.
“En mi carácter de Vicepresidente de la Sala Constitucional de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia y presidiéndola en esta causa, por contrario imperio, revocase el proveído de fecha 1 de diciembre de 2022”, señala la providencia del ex senador.
El abogado Gerardo Galeano señaló que esta acción se encuentra en contravención al artículo 31 del Código Procesal Civil que indica:
“Art. 31.- Recusación de un miembro de la Corte Suprema o de un Tribunal de Apelación. Deducida la recusación en tiempo y forma, si el recusado fuere un juez de la Corte Suprema, se le comunicará aquella, para que dentro de tercero día informe sobre los hechos alegados, y se integrará la Corte en la forma prescripta para la sustitución de magistrados, a fin de resolver el incidente, sin perjuicio de que prosiga la instancia hasta llegar al estado de sentencia.”
Galeano recuerda que una situación similar también se dio en esta causa, cuando el ministro polémico y cuestionado Antonio Fretes decidió resolver su propia recusación.